Apertura por Públicos y Privados
Se denomina públicos a los concesionarios que prestan servicios en Escuelas, Hospitales y Centros Asistenciales; dependientes del Estado Nacional, Provincial, Municipal y del Gob. De la Ciudad de Buenos Aires. El resto se denominan privados
Acuerdo salarial 2007 (PRIVADOS)
Es una suma no remunerativa que abona únicamente los conceptos de Seguro de Vida y Sepelio, Fondo de convenio y Cuota Sindical. (No previsional, no obra social y no ley 19032)
Tiene vigencia desde Julio 2007 a Abril 2008
Denominación en recibos de sueldos: “ Adicional Transitorio No Remunerativo”
Acuerdo salarial 2007 (PUBLICOS)
Es una suma no remunerativa que abona únicamente los conceptos del CCT y Cuota Sindical. (No previsional, no obra social y no ley 19032)
Tiene vigencia desde Setiembre 2007 a Febrero 2008 incorporándose a los básicos a partir de Marzo 2008
Asimismo se establece una Asignación Extraordinaria No Remunerativa por Unica Vez para los meses de Octubre 2007 a Enero 2008
Denominación en recibos de sueldos: “ Adicional Transitorio no remunerativo”
Para este Convenio (CACYR) también rige la Contribución Especial del 8,1 % y Contribución Solidaria 2% citada en párrafos anteriores tanto para Públicos como Privados
Acuerdo salarial 2008 (PRIVADOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los meses Junio y Julio 2008.
Se establece además una Asignación No Remunerativa por Unica Vez para los meses de Noviembre 2008, Enero y Febrero 2009.
Continúa vigente la Contribución Solidaria del 2%
Denominación en recibos de sueldos: “ Adicional Transitorio No Remunerativo”
Acuerdo salarial 2008 (PUBLICOS)
Consiste en una suma no remunerativa incorporable a los básicos de convenio a partir de Julio 2008
Continúa vigente la Contribución Solidaria del 2%
Denominación en recibos de sueldos: “ Adicional Transitorio No Remunerativo”
Acuerdo salarial 2009 (PRIVADOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los meses de Julio 2009 a Marzo 2010, incorporándose a los Básicos de convenio en Abril 2010
Se fija una Asignación Extraordinaria Remunerativa por Unica Vez para los meses de Agosto y Octubre 2009
Continúa vigente la Contribución Solidaria del 2%
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2009”
Acuerdo salarial 2009 (PUBLICOS)
Consiste en un aumento directo al Básico de Convenio a partir del mes de Julio 2009.
Continúa vigente la Contribución Solidaria del 2%
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2009”
Acuerdo salarial 2010 (PRIVADOS)
Se fija una Asignación Extraordinaria No Remunerativa por Unica Vez para el mes de Junio 2010.
Asimismo se implementa una suma remunerativa no incorporable a los básicos de convenio a partir de Julio 2010 hasta Diciembre 2010
A partir de Enero 2011 se incorpora a los básicos de convenio un 35 %.
Se fija una Contribución especial del 8,1% (3% empleado, 5,1% empleador) aplicable sobre la suma no remunerativa
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2010”
Acuerdo salarial 2010 (PUBLICOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los sueldos de Julio a Setiembre 2010.
A partir del mes de Octubre 2010 y hasta Febrero 2011 esta suma es remunerativa no incorporable a los básicos de convenio. A partir de Marzo 2011 pasa a incorporarse al Básico.
Se fija una Asignación Extraordinaria No Remunerativa por Unica Vez para el mes de Febrero 2011.
Se fija una Contribución especial del 8,1% (3% empleado, 5,1% empleador) aplicable sobre la suma no remunerativa.
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2010”
Acuerdo salarial 2011 (PRIVADOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los sueldos de Mayo 2011 a Marzo 2012.
A partir del mes de Abril 2012 esta suma se incorpora al Básico.
Se fija una Asignación Extraordinaria No Remunerativa por Unica Vez para el mes de Febrero 2012.
Se establece una Contribución especial del 8,1% (3% empleado, 5,1% empleador) aplicable sobre la suma no remunerativa. El adicional de Mayo 2011 se abonará en dos cuotas iguales en Junio y Julio 2011
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2011”
Acuerdo salarial 2011 (PUBLICOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los sueldos de Junio 2011 a Abril 2012.
A partir del mes de Mayo 2012 esta suma se incorpora al Básico.
Se fija una Asignación Extraordinaria No Remunerativa por Unica Vez para el mes de Febrero 2012.
Se establece una Contribución especial del 8,1% (3% empleado, 5,1% empleador) aplicable sobre la suma no remunerativa.
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2011”
Acuerdo salarial 2012 (PRIVADOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los sueldos de Junio a Diciembre 2012. (Acuerdo Parcial)
Se establece una Contribución especial del 8,1% (3% empleado, 5,1% empleador) aplicable sobre la suma no remunerativa.
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2012”
Asimismo, se establece una ASIGNACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA por unica vez de $ 500,00 a pagar con los sueldos del mes de Junio 2012 (Sin retenciones)
Contribución Especial EXTRAORDINARIA (Acuerdo Salarial 2012 PRIVADOS)
Se establece esta contribución por Unica Vez a cargo de los empleadores comprendidos en el CCT 401/05 de 2 Cuotas de $ 250,00 c/u por cada trabajador . La 1° cuota vto 17/09/12 y la 2° vto 16/11/12. La boleta a generar corresponde a la cuenta 37223/57 BNA
Acuerdo salarial 2012 (PUBLICOS)
Consiste en una suma no remunerativa para los sueldos de Junio a Diciembre 2012. (Acuerdo Parcial)
Se establece una Contribución especial del 8,1% (3% empleado, 5,1% empleador) aplicable sobre la suma no remunerativa.
Denominación en recibos de sueldos: “ Acuerdo Salarial 2012”
Contribución Especial EXTRAORDINARIA (Acuerdo Salarial 2012 PUBLICOS)
Se establece esta contribución por Unica Vez a cargo de los empleadores comprendidos en el CCT 401/05 de 2 Cuotas de $ 250,00 c/u por cada trabajador . La 1° cuota vto 17/09/12 y la 2° vto 18/02/13. La boleta a generar corresponde a la cuenta 37223/57 BNA